El Certificado de Operador General del SMSSM (Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo) va dirigido a capitanes y oficiales encargados de la guardia de navegación de buques civiles acogidos al SMSSM en cualquier zona de navegación excepto a los buques que realicen navegaciones en la zona A1.
ATRIBUCIONES:
Se requerirá la posesión del Título Profesional de Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo (SMSSM/GMDSS) a los Capitanes y Oficiales encargados de la guardia de navegación de buques civiles acogidos al Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo en cualquier zona de navegación, exceptuando a los buques que sólo realicen navegaciones en la zona marítima A1.
CONDICIONES:
- Ser mayor de edad, 18 años.
- Conocimientos suficientes sobre el idioma inglés en su vertiente marítima.
- Cumplimentar el formulario de matriculación.
- Estar en condiciones físicas requeridas para superar un reconocimiento médico en el ISM, Instituto Social de la Marina.
REGULACIÓN Y DISPOSICIONES LEGALES:
- Orden FOM 2296/2002 – modificado por Resolución 18/06/2013.
- Sección A-‐IV/2 del Código de Formación, así como la Decisión del Comité Europeo de Radiocomunicaciones.
PERSONAL EVALUADOR:
- Titulado Superior Radioelectrónico Naval de Marina Civil.
EVALUACIONES Y CRITERIOS:
- Prácticas y evaluación de cada alumno de los conocimientos y aptitudes requeridos mediante pruebas y demostraciones prácticas.
- Se realiza examen tipo test sobre los conocimientos y aptitudes adquiridos durante la parte teórica.
- Los exámenes constan de 10 preguntas con cuatro respuestas alternativas.
- Para superar el examen se deberá contestar correctamente al menos el 60% de las preguntas.
- Los establecidos en las columnas 3ª y 4ª de las secciones correspondientes al curso COR del Convenio STCW.
DURACIÓN DEL CURSO:
Mínimo 120 horas:
- 50 de teoría
- 70 de prácticas
MATERIALES:
- A cada alumno se le entregara el material necesario para la realización del curso ya sea material individual o material colectivo de uso común.
NOTA:
- El alumno no podrá, en ningún caso, obtener Certificado satisfactorio del curso, si las faltas de asistencia son superiores al 10 por ciento de las horas teóricas. La parte práctica deberá completarse en su totalidad.