Certificado de Suficiencia de Marinero de Puente es un título dirigido a los tripulantes de buques civiles, a excepción de los pesqueros.
ATRIBUCIONES:
Formar parte de la guardia de navegación, como vigía o timonel en los buques civiles con excepción de los buques pesqueros.
Manejar embarcaciones con fines comerciales de menos de 10 metros de eslora, siempre y cuando no transporten más de 12 pasajeros, operen exclusivamente dentro de aguas interiores y tengan una potencia adecuada a la embarcación. Para ello deberán acreditar la realización de un período de embarque no inferior a 6 meses desempeñando servicios profesionales y siendo habilitados por los órganos periféricos de la Dirección General de la Marina Mercante.
CONDICIONES:
- Ser mayor de edad, 18 años.
- Conocimientos suficientes sobre el idioma inglés en su vertiente marítima.
- Cumplimentar el formulario de matriculación.
- Estar en condiciones físicas requeridas para superar un reconocimiento médico en el ISM (Instituto Social de la Marina).
REGULACIÓN Y DISPOSICIONES LEGALES:
Mínimo 32 horas:
- Superar el curso de formación aprobado por la Dirección General de la Marina Mercante en cumplimiento de las disposiciones de la sección A-II/4 del Código STCW o bien, estar en posesión de la correspondiente unidad de competencia donde se recojan las competencias profesionales propias de esta titulación.
- Haber realizado un período de embarque en buques civiles no inferior a 2 meses realizando servicios profesionales relacionados con la guardia de navegación. Están exentos de acreditar este período de embarque los alumnos en prácticas de puente, siempre que acrediten mediante una certificación del centro oficial el cumplimiento de las disposiciones de las secciones A-II/4 y A/VI del Código STCW.
PERSONAL EVALUADOR:
- Titulado Superior de Marina Civil.
OBJETIVO DEL CURSO:
- Capacita a los alumnos para formar parte de la guardia de navegación, como vigía o timonel en los buques Mercantes.
DURACIÓN:
Duración mínima 70 horas.
MATERIALES:
- A cada alumno se le entregara el material necesario para la realización del curso ya sea material individual o material colectivo de uso común.
NOTA:
- El alumno no podrá, en ningún caso, obtener Certificado satisfactorio del curso, si las faltas de asistencia son superiores al 10 por ciento de las horas teóricas. La parte práctica deberá completarse en su totalidad